Montar un negocio sin necesidad de licencia previa

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    El Ayuntamiento aprueba la ordenanza de Inicio de Actividad Económica

    Dos Hermanas ya cuenta con una nueva Ordenanza de Inicio de Actividad Económica, que se aprobó definitivamente el pasado viernes en junta de gobierno, al permanecer en exposición pública tras su aprobación inicial en la sesión plenaria del día 28 de octubre.

    El texto se ampara en la directiva 2016/123/CE, en los artículos 49 y 57 del Tratado de Funcionamiento de la Comunidad Europea y, en España, en la Ley 17/2009, que recogen que el acceso a una actividad de servicios no estarán sujetas a un régimen de autorización. Eliminando las trabas jurídicas y las barreras administrativas que suponían una demora y complicaciones en la concesión de licencias.

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    Lo que esta ordenanza pretende, según recoge su texto, es facilitar y facultar la puesta en marcha de actividades económicas, agilizando los trámites. De tal forma que podrá iniciarse la actividad  sin previa licencia municipal desde el mismo día de la comunicación previa y declaración responsable, presentadas al Ayuntamiento.

    {xtypo_rounded_right3}Junta de gobierno local

    ÚLTIMOS TRÁMITES: La junta de gobierno ha aprobado la instalación de gas y energía solar en las nuevas instalaciones deportivas de Entrenúcleos, ya sólo resta la electricidad para su puesta en marcha.
    ENAJENACIÓN DE INMUEBLES: El Ayuntamiento ha sacado a enajenación dos inmuebles de titularidad en Parque Giralda. Uno de 70 m. y otro de 59 por importe de 33.900 y 33.200 euros, respectivamente. También sale un solar de 896 metros en Las Infantas por 323.000 euros.{/xtypo_rounded_right3}

    Esta presentación, afirma la ordenanza, no supone una autorización administrativa para ejercer una actividad, sino un medio para que se conozca su existencia y activar las comprobaciones pertinentes. Ya que el control municipal no se suprime, sino que se desarrolla a posteriori.

    Los servicios municipales llevarán a cabo las inspecciones y comprobaciones que se consideren necesarias en el cumplimiento de la ordenanza municipal. Emitiendo informes que pueden ser considerados favorables, condicionado (con deficiencias que deben ser subsanadas) y desfavorables (con su consiguiente suspensión).

     

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