En 1767 se da un cambio dinástico en el marquesado de la Mina. A los Guzmán-Dávalos le suceden los de la Cueva, duques de Alburquerque, destacando la figura de José Miguel de la Cueva y de la Cerda, militar y diplomático que ejerció un papel destacado en la Guerra de la Independencia, en especial en la defensa de Cádiz.
Él fue el propietario de la hacienda desde 1803 hasta su fallecimiento sin sucesión legítima en 1811. Para 1810 sabemos que estaba arrendada a Juan Ramón Romero, vecino de Sevilla, y al nazareno Juan Romero, y en 1819 se valoró el edificio en 85.075 reales de vellón.
Como decimos, en febrero de 1811 muere en Londres el marqués de la Mina y duque de Alburquerque, abriéndose el problema sucesorio al sólo contar con descendencia ilegítima. Durante casi treinta años se desarrolló un pleito entre los sucesores del marqués, aunque en ese tiempo la hacienda de la Mina Grande parece ser que estuvo en manos de María Dolores de la Cueva, hija natural del marqués y casada con el militar Ventura Ruiz Huidobro.
Sin embargo, concluido el pleito, el título de marqués de la Mina y todos los bienes vinculados al mismo, pasaron a manos de Felipe Osorio, conde de Cervellón, que entroncaría con el histórico ducado de Fernán Núñez, con lo cual, a partir de mediados del siglo XIX, esta hacienda pasaría a ser administrada por la Casa de Fernán Núñez.
En el último tercio del siglo XIX, encontramos interesantes datos del inmueble gracias a los informes de los administradores del ducado. Así, en 1880 el administrador Isidro Cadenas y Cadenas describe la hacienda de la siguiente manera: “se compone de planta baja y piso principal. En la primera hay habitaciones para vivienda, otras destinadas a almacenes, otras a cuartos de labor o de arancel y algunos para almacenar granada, etc. Tiene cuadras, gallinero, corrales, patios, molino para aceite con viga y almacenes para aceite, además de las tinajas que hay en la canal, tinahón (sic) para los 14 bueyes, pajares, escusado y jardín que se riega con el agua de un pozo que se abrió en el año 1876”. No menciona la huerta sur de la hacienda por encontrarse en esas fechas sin explotar y el molino seguía activo en 1885.

Pero fue en ese año 1880 cuando tuvo lugar un “enfrentamiento” entre el mencionado administrador y el alcalde de Dos-Hermanas, José Carballido Cotán, por la descarga de carretas de paja en la hacienda. Al parecer, los sirvientes de la finca descargaban las carretas de la paja que se utilizaba para alimentar el ganado de la hacienda en la calle del Canónigo, en el punto de la calle donde la anchura no llegaba a las nueve varas (7,74 m.), ocasionando molestias a los vecinos. Molestias que llegaron al alcalde, quien el 29 de junio expuso que “reuniendo la Hacienda de la Mina Grande las condiciones necesarias para introducir en carretas la paja para el consumo de la labor de los bienes que administra de la propiedad del Excelentísimo Señor Duque de Fernán Núñez, y a virtud de la queja producida por los vecinos de la calle Canónigo inmediatos a las puertas falsas de aquella” ordenó al administrador “se sirva prevenir a sus sirvientes no descarguen paja alguna en la expresada calle, único modo de evitar a dichos vecinos los perjuicios y molestias que sufren con semejante operación”. Cadenas presentó una instancia el 1 de agosto, en la que expuso que la hacienda carecía de descargadero interior y sólo tenía dos puertas secundarias para introducir la paja. Una de ellas daba “a un angosto callejón, limitada en su altura por maderos empotrados en la pared a cortos trechos formando armadura destinada a sostener los emparrados, sin destruir esta armadura no puede pasar una carreta cargada de paja; una vez dentro no podría salir por falta de espacio para volverla y falta de espacio hay también para la descarga”. La otra puerta servía “de entrada a un corralón destinado a la estancia de bueyes y aves de corral y cuyo suelo está cubierto como es consiguiente a su permanente uso una gran capa de estiércol y de plumas” por lo que no era apto para descargar la paja.
Terminó diciendo que a todos los vecinos de esta villa como “a todos los pueblos y hasta a los de la capital se permite descargar la paja en la vía pública, lo cual ocasiona alguna molestia al vecindario obligado a soportar mutuamente las que son hijas de la necesidad e infinitamente menores que los perjuicios que ocasiona sin la prohibición”. Por todo lo cual, pedía que se permitiese esa descarga en la calle “tal y como hasta aquí ha venido haciéndose sin oposición alguna”.
Sin embargo, el alcalde le contestó el 4 de agosto que “no ha lugar a dicha pretensión mediante reunir la hacienda las condiciones necesarias para el ingreso de las carretas por una de sus dos puertas falsas, evitándose de este modo las molestias y perjuicios que se causan a los vecinos y público en general”, al tiempo que le recordó que repetiría esa prohibición “cuantas veces sean necesarias con todos los demás vecinos y hacendados sin distinción alguna al producírsele queja que estime fundada, siempre que los edificios se encuentren en las circunstancias del de su representado, a cuyo señor ni otro vecino alguno trata la Alcaldía de aminorar, limitar y lastimar sus derechos, teniendo usted prueba de ello precisamente en la obra de reforma exterior de la repetida Hacienda de la Mina, que usando de parte de la vía pública para lo que ha convenido a sus intereses sin dar conocimiento a la autoridad y jamás le ha molestado esta en concepto alguno”.
No contento con la contestación del alcalde, Cadenas recurrió al Gobernador Civil de Sevilla, Antonio Guerola. En su carta de 6 de agosto le explica que la suya es una prohibición individual “y no apoyada en las ordenanzas municipales ni en acuerdo alguno del Ayuntamiento ni siquiera en los llamados bandos de buen gobierno, constituyendo una excepción especialísima de la regla general a favor de determinados vecinos que podrán soportar menos que otros las molestias de que se vierta paja en la vía pública para la hacienda de la Mina Grande en la misma calle y obstruyendo completamente la vía, lo cual no ha sucedido nunca en dicha hacienda, descargan paja otros vecinos y no se les prohíbe y con perjuicio exclusivo de un solo propietario”.
Y tras varias cartas entre el gobernador y el alcalde, finalmente, Guerola ordenaría a Carballido la autorización que reclamaba el administrador del duque de Fernán Núñez, que fue quien se llevó el gato al agua. De ese modo, se permitió la descarga de la paja en la calle del Canónigo y no en el interior de la hacienda.




























