El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado el Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el Covid-19 en la comunidad andaluza. Estas son las medidas que afectan al municipio de Dos Hermanas, en principio, desde este viernes, día 30, al día 9 de noviembre.
Durante ese periodo se ha decretado el cierre perimetral de toda Andalucía y de municipios dentro de zonas decretadas de alerta nivel 4, como el caso de Dos Hermanas. Además, se ha fijado limitaciones de movilidad nocturna o toque de queda, entre las 23:00 y las 6:00 horas. Cerrando los negocios de hostelería a las 22:30. Entre estas medidas, en toda Andalucía, sólo se permiten reuniones públicas y privadas de un máximo de seis personas.
Estas son las causas justificadas que permiten entrar o salir de Andalucía y moverse entre los municipios con alerta nivel 4, que deben ser demostradas por justificante:
Ir a trabajar.
Acudir a centros sanitarios.
Retornar al lugar de residencia habitual o familiar.
Asistir a centros docentes.
Asistir a mayores, menores, personas dependientes o con diversidad funcional.
Repostar combustible en caso de necesidad.
Ir al banco.
Responder a la llamada de órganos públicos, judiciales o notariales.
Acudir a renovar permisos o documentación oficial.
Realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
Realizar actividades deportivas federadas.
Como municipio en territorio de Nivel 4 de emergencia, las medidas preventivas Covid-19 en Dos Hermanas son las siguientes:
Velatorios y entierros: seis personas en el interior y 15 en el exterior.
Ceremonias civiles y religiosas: aforo del 30 por ciento.
Banquetes: 30 personas en el interior y 50 en el exterior, aforo máximo del 30 por ciento.
Establecimientos comerciales: 50 por ciento del aforo con distancia de seguridad.
Transporte público: Un asiento entre viajeros y 50 por ciento de pie.
Actividades ambientales: seis personas interior y 10 exterior.
Hostelería y restauración: 30 por ciento del aforo interior y 75 exterior. Máximo de seis personas por mesa y distancia de 1,5 metros. No se puede consumir en barra.
Gimnasios o instalaciones deportivas: 40 por ciento del aforo.
Competiciones deportivas, eventos y entrenamientos: sin público. En el deporte no federado no pueden realizarse actividades grupales que no garanticen las distancias de seguridad y, cómo máximo, seis personas.
Cines, teatro y auditorios: 40 por ciento del aforo, 200 personas interior y 300, exterior.
Transporte privado: dos personas por asiento, dejando libre el del copiloto.
Parques: abierto en general, juegos infantiles cerrados, actividades máximo seis personas.
Peñas y asociaciones: aforo del 30 por ciento y distancia de seguridad de 1,5 metros.
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