La Delegación de Ordenación del Territorio ha aprobado el convenio de cesión administrativa de suelo a Endesa para la construcción de una subestación que de abastecimiento de energía eléctrica en Entrenúcleos.
A tal efecto, para la construcción del centro de suministro y distribución del servicio eléctrico se ha reservado una parcela definida en el reformado del Plan Especial del Hipódromo. Dicha parcela tiene una superficie de 7.732 m2 y pertenece de pleno dominio al Ayuntamiento.
La duración de la concesión en uso exclusivo a Endesa se fija en 75 años, a partir de la fecha de su adjudicación, mediante el correspondiente contrato o convenio administrativo, sin perjuicio de su prórroga si llegado el vencimiento las partes así lo acuerden con arreglo a la normativa vigente, en tanto continúe la actividad prevista y existan suministros eléctricos o conexiones de generación dependientes de la subestación eléctrica.
Asimismo, se propone la aprobación del convenio decesión de suelo a Emasesa para la instalación y explotación de un depósito de bombeo para la adecuada disponibilidad del suministro de agua potable en Entrenúcleos, a cuyo efecto se ha reservado una parcela del Plan Especial Hipódromo, siendo el uso exclusivo de la misma «infraestructuras urbanas básicas».
Las construcciones previstas en esta parcela ya han sido ejecutadas por Emasesa, tal como se recoge en la memoria del reformado del Plan Especial, puesto que la construcción ejecutada se estima de utilidad pública e interés general por ser imprescindible para el abastecimiento de agua potable a las edificaciones públicas y privadas del sector, ya existentes o en proyecto. La parcela tiene 11.236 m2 y es de pleno dominio del Ayuntamiento.
La duración de la concesión se fija en 75 años, a partir de la fecha de adjudicación de la concesión, mediante el correspondiente contrato o convenio administrativo, sin perjuicio de su prórroga si llegado el vencimiento las partes así lo acuerdan con arreglo a la normativa vigente, en tanto continúe la actividad prevista y existan suministros o conexiones de abastecimientos dependientes del depósito de agua potable y estación de bombeo.