- Publicidad -
Inicio Es Noticia Una madre de Dos Hermanas podrá recuperar a su hija retenida por...

Una madre de Dos Hermanas podrá recuperar a su hija retenida por su padre en Barcelona

0
- Publicidad -

El padre deberá devolver a la niña a su madre inmediatamente

La Audiencia de Sevilla ha respaldado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Dos Hermanas que establece David R.B., padre de una niña de 8 años deberá devolverla inmediatamente a su madre, Patricia B.P., tras mantenerla retenida en Barcelona desde el día 3 de agosto de 2015, momento en que terminó el periodo vacacional paterno, alegando que la madre la mastrataba.

- Publicidad -

La madre sufre de alopecia a consecuencia del estrés psicológico que esta situación le ha supuesto. La abogada de la madre ha solicitado al Juzgado de Dos Hermanas que la Policía haga cumplir inmediatamente la sentencia. La madre tiene la guarda y custodia de la niña tras el divorcio de los conyuges el 15 de febrero de 2010.

Situación de maltrato no acreditada y la niña no está escolarizada

El padre tomó la decisión de no devolver a la niña sin cambiar el convenio regulador alegando que sufría una situación de maltrato por parte de madre, hecho que denunció en un juzgado de Bardelona. La denuncia fue archivada y el Juzgado de Dos Hermanas determinó que no podía afirmarse que existiera una situación de riesgo o peligro para la menor que avalara la decisión paterna de no devolverla.

Aportó un informe psicológico que, según el Juzgado nazareno, «carece de fuerza probatoria alguna por falta de concreción», aunque reconoce el hecho de que la menor expresa su deseo de vivir con su padre y dice que la madre le trata mal. «La menor expresa su deseo de manera clara e inequívoca, pero cuando se le pide que explique la razón de su postura, realiza un relato repetitivo de hechos», algunos de «escasa verosimilitud», como que no le daba de comer.

Las exploraciones médicas realizadas a la menor han establecido su buen estado en general, que no relató ningún hecho de gravedad para considerar maltrato infantil que justificara la decisión del padre.

El juzgado ha subrayado que la niña está siendo doblemente perjudicada: su estancia en Barcelona no le permite estar adecuadamente escolarizada y «y se ha producido por vía de hecho un cambio en su entorno familiar y de residencia, sin autorización judicial, que podría causarle transtornos perjudiciales».

- Publicidad -

SIN COMENTARIOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Salir de la versión móvil