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Medidas que afectan a Dos Hermanas en el nuevo Estado de Alarma

Desde hoy viernes, día 30, y hasta el día 9 de noviembre se ha decretado el cierre perimetral del municipio, con salidas y entradas por causas justificadas.

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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado el Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el Covid-19 en la comunidad andaluza. Estas son las medidas que afectan al municipio de Dos Hermanas, en principio, desde este viernes, día 30, al día 9 de noviembre.

Durante ese periodo se ha decretado el cierre perimetral de toda Andalucía y de municipios dentro de zonas decretadas de alerta nivel 4, como el caso de Dos Hermanas.  Además, se ha fijado limitaciones de movilidad nocturna o toque de queda, entre las 23:00 y las 6:00 horas. Cerrando los negocios de hostelería a las 22:30. Entre estas medidas, en toda Andalucía, sólo se permiten reuniones públicas y privadas de un máximo de seis personas.

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Estas son las causas justificadas que permiten entrar o salir de Andalucía y moverse entre los municipios con alerta nivel 4, que deben ser demostradas por justificante:

Ir a trabajar.

Acudir a centros sanitarios.

Retornar al lugar de residencia habitual o familiar.

Asistir a centros docentes.

Asistir a mayores, menores, personas dependientes o con diversidad funcional.

Repostar combustible en caso de necesidad.

Ir al banco.

Responder a la llamada de órganos públicos, judiciales o notariales.

Acudir a renovar permisos o documentación oficial.

Realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Realizar actividades deportivas federadas.

Como municipio en territorio de Nivel 4 de emergencia, las medidas preventivas Covid-19 en Dos Hermanas son las siguientes:

Velatorios y entierros: seis personas en el interior y 15 en el exterior.

Ceremonias civiles y religiosas: aforo del 30 por ciento.

Banquetes: 30 personas en el interior y 50 en el exterior, aforo máximo del 30 por ciento.

Establecimientos comerciales: 50 por ciento del aforo con distancia de seguridad.

Transporte público: Un asiento entre viajeros y 50 por ciento de pie.

Actividades ambientales: seis personas interior y 10 exterior.

Hostelería y restauración: 30 por ciento del aforo interior y 75 exterior. Máximo de seis personas por mesa y distancia de 1,5 metros. No se puede consumir en barra.

Gimnasios o instalaciones deportivas: 40 por ciento del aforo.

Competiciones deportivas, eventos y entrenamientos: sin público. En el deporte no federado no pueden realizarse actividades grupales que no garanticen las distancias de seguridad y, cómo máximo, seis personas.

Cines, teatro y auditorios: 40 por ciento del aforo, 200 personas interior y 300, exterior.

Transporte privado: dos personas por asiento, dejando libre el del copiloto.

Parques: abierto en general, juegos infantiles cerrados, actividades máximo seis personas.

Peñas y asociaciones: aforo del 30 por ciento y distancia de seguridad de 1,5 metros.

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