Apoyo del Ayuntamiento a los desplazamientos de la población infantil

El Ayuntamiento se congratula de las medidas que se recogen en esta Orden del Gobierno Central que entra en vigor este domingo, día 26 de abril.

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apoyo del ayuntamiento

El equipo de gobierno municipal ha mostrado su posicionamiento sobre la orden del Gobierno Central que posibilita los desplazamientos infantiles durante el Estado de Alarma. Apoyo del Ayuntamiento ante esta medida cuyo objetivo «es aliviar las medidas a las que han estado sometidos los menores y las posibles consecuencias negativas que esta situación conlleva, al tiempo que se respetan las medidas de seguridad necesarias».

Sobre todo, apunta, porque el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas considera que, en la situación de Estado de Alarma, «se debería permitir a los niños y niñas poder disfrutar diariamente de actividades fuera de casa de manera supervisada y manteniendo las garantías de higiene y distanciamiento social».

Por ello, ha mostrado el apoyo del Ayuntamiento, asegurando que para que la medida sea controlada y un éxito, «la responsabilidad de padres y madres es fundamental, como lo ha sido hasta ahora en toda la sociedad que ha actuado de forma ejemplar».

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Apoyo del Ayuntamiento cumpliendo la orden

La orden publicada en el BOE, regula las condiciones en las que deben tener lugar los desplazamientos por parte de la población infantil y que entrará en vigor este domingo, día 26 de abril:

  • Menores de 14 años podrán dar paseos controlados.
  • Acompañados de un adulto durante una hora al día.
  • En un horario amplio para evitar aglomeraciones (entre las 9:00 y las 21:00 horas.)

Estos paseos deben darse a una distancia de un kilómetro alrededor de su domicilio y sin acceder a espacios recreativos infantiles o instalaciones deportivas. El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas.

El consistorio nazareno recuerda que durante el mismo deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene recomendadas.

La persona que acompañe a los menores deberá ser mayor de edad, convivir en el mismo domicilio que el niño o niña actualmente o ser un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.

No podrán salir los menores que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico confirmado por COVID-19 o estén en período de cuarentena domiciliaria por haber estado en contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de esta enfermedad.

Respecto a los niños y niñas que residan en centros de protección de menores, centros habitacionales sociales de apoyo para personas con discapacidad u otros servicios residenciales análogos serán las comunidades autónomas, respetando lo regulado en esta Orden, las que podrán adoptar las medidas necesarias para adecuar la aplicación de lo dispuesto en la misma.

Beneficios de esta medida

El apoyo del Ayuntamiento a esta orden se basa en que los beneficios de la medida son indudables. Gracias a una salida controlada de la la población infantil:

  • Se protege su salud física y psíquica.
  • Reporta beneficios asociados a un estilo de vida más saludable.
  • Previene algunos problemas asociados al mantenimiento
    prolongado del estado de alarma:
  • Mejora de la calidad del sueño o la síntesis de vitamina.
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