En marcha la segunda convocatoria de subvenciones a la entidades de Participación Ciudadana y Salud

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    El plazo se abrirá en la primera quincena de septiembre para las asociaciones que no recibieron ayudas en la primera convocatoria

    En el marco de desarrollo de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones, la Concejalía de Participación Ciudadana y Salud, que dirige Raúl Gil Sánchez, ha presentado el modelo de bases para poner en marcha la segunda convocatoria de subvenciones, cuyo plazo se abrirá del 1 al 15 del próximo mes de septiembre, ambos inclusive.

    En cumplimiento con dicha ordenanza, podrán solicitar subvenciones aquellas asociaciones vecinales, culturales, de autoayuda y salud y ecologistas que, teniendo más de un año de antigüedad en el registro municipal, estén interesadas en participar en dicha convocatoria y que, presentando sus solicitudes dentro de ese plazo y conforme a lo estipulado en el texto de la convocatoria y la ordenanza municipal de subvenciones, no hayan resultado beneficiarias de subvenciones en la primera convocatoria. Serán requisitos imprescindibles además tener la junta directiva en vigor y no tener ninguna subvención pendiente de justificar.

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    La convocatoria de bases de subvenciones establece la valoración de las solicitudes a través de diversos criterios que, a su vez, establecerán un número de puntos que serán los que otorguen el valor monetario a las solicitudes presentadas. Las cantidades máximas que cada solicitud podrá obtener, según los casos, será de 1.275 euros para el mantenimiento de la sede social y, de 1.500 euros para el desarrollo de programas o actividades. Para acceder a la cuantía máxima, los proyectos deberán obtener la puntuación total en juego, de cada una de los dos conceptos subvencionables.

    Será la Comisión Municipal de Subvenciones la encargada de valorar esos proyectos y sacará una media de puntuación que tendrá su equivalencia en euros, según se marcan en las propias bases. Dicha comisión estará formada por el delegado y técnico del área que instruye la convocatoria y por dos personas que provendrán del Consejo Sectorial de Participación Ciudadana.

    Asimismo, se establece la posibilidad de reformular la solicitud en caso de que no se obtenga la cantidad solicitada, siempre y cuando el proyecto no pierda su razón de ser. Además se prescinde del trámite de audiencia, dado que la información con la que se cuenta para la solicitud del proyecto es toda la que las entidades aportan.

    Igualmente, se abre un plazo de diez días naturales para la subsanación de errores, que debe venir motivada por comunicación expresa del órgano instructor.

    El único modelo válido para la solicitud de subvenciones será el que aparece en los anexos de la convocatoria.

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