Las parejas de hecho están sujetas a la ley autonómica

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     Otra modalidad para iniciar una vida en común o continuarla después de una relación estable, es inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho. En este caso, se trata de una ley autonómica, por lo tanto sólo tiene validez en Andalucía.  

    Para realizar esta inscripción es necesario acudir al ayuntamiento y presentar una declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho, así como una copia del DNI de cada miembro de la pareja, una certificación de estado civil, una certificación del Padrón Municipal que acredite que, al menos uno de los miembros, reside en un municipio de Andalucía, además de una declaración de no ser parientes, otra de no estar incapacitados a efectos de prestar el consentimiento, así como una tercera de no formar pareja estable no casada con otra persona.

    Muchas comunidades autónomas se han visto obligadas a regular las relaciones de hecho, para evitar el desamparo de alguno de los componentes de la pareja en ciertas situaciones como muerte del otro o enfermedad. Dada la vinculación afectiva y de convivencia entre los componentes de las parejas de hecho, que en ocasiones conlleva una dependencia económica análoga a la de un matrimonio, algunos ordenamientos jurídicos ya están a la cabeza en este tipo de regulación. De todas formas sigue existiendo desconocimiento por parte de la ciudadanía acerca de este tipo de uniones, que puede ser tanto heterosexual como homosexual. 

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